Considero la argumentación jurídica como una evaluación de todo lo aprendido en la aventura formativa profesional; es decir, para ello se requiere de disciplinas básicas, generales, culturales, filosóficas, jurídicas, etc.; caso contrario tendremos limitaciones en su aplicación... esperamos tu participación y juntos logremos construir aprendizajes a partir del material que proceden de la internet y de otras fuentes; adecuadas y adaptadas para que sirva de punto de partida.
La interpretación jurídica es un instrumento que nos ayuda a establecer el significado o alcance de las normas jurídicas y de los demás conceptos que forman parte de un ordenamiento jurídico y que no son normas, como por ejemplo, los principios generales del derecho.
ResponderEliminarDesde el punto de vista jurídico, entre los autores encontramos diversas definiciones acerca de lo que es la interpretación.
Ángel Latorre con gran sencillez, pero muy claramente, se limita a decir que la interpretación es "...determinar el sentido exacto de la norma", mientras que Mario Alzamora Valdez, refiriéndose al camino a seguir en la tarea de la interpretación de la norma jurídica, explica que para aplicar las normas a los hechos es necesario descubrir los pensamientos que encierran las palabras hasta llegar a los objetos; es a este proceso al cual el maestro san marquino denomina interpretación. Nos dice además que el intérprete toma el lenguaje como punto de partida; sigue hasta el pensamiento y de allí al objeto.
La Interpretación es la técnica que conduce a la comprensión del sentido de la norma jurídica".
ResponderEliminarÁngel La torre con gran sencillez, pero muy claramente, se limita a decir que la Interpretación es "... determinar el sentido exacto de la norma.", mientras que Mario Alzamora Valdez, refiriéndose al camino a seguir en la tarea de la Interpretación de la norma jurídica, explica que para aplicar las normas a los hechos es necesario descubrir los pensamientos que encierran las palabras hasta llegar a los objetos. Nos dice además que el intérprete toma el lenguaje como punto de partida; sigue hasta el pensamiento y de allí al objeto.
Es la practicada por los jueces y tribunales para emitir sus decisiones (sentencias y demás resoluciones motivadas jurídicamente) en las cuales esta interpretación queda plasmada. En la medida que provenga de instancias más elevadas la interpretación judicial, sentada en los precedentes, tenderá a influenciar con mayor autoridad y frecuencia.
En los países en los que existe el Recurso de Casación la interpretación judicial resulta obligatoria para los órganos jurisdiccionales de instancias inferiores si se emite en los términos y condiciones legalmente exigidos. Así, en nuestro país, es el Art. 384° del C.P.C. el que designa a la correcta interpretación del derecho como uno de los fines esenciales del Recurso de Casación y es el Art. 400° el que prevé cuáles son los requisitos y condiciones para que el precedente allí sentado sea considerado como doctrina jurisprudencial que vincule a los demás órganos jurisdiccionales del Estado. he aquí encontramos la gran importancia de la interpretación.